Mercancías que no se pueden importar |
---|
Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes) |
Motos usadas |
Neumáticos usados y recauchados |
Asbesto en cualquiera de sus formas |
Pornografía |
Desechos industriales tóxicos |
Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado. Otras mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar. |
MERCANCIAS | ORGANISMOS |
---|---|
Armas de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas, inflamables y asfixiantes | Dirección General de Movilización Nacional (www.dgmn.cl) |
Material escrito o audiovisual relativo a las artes marciales destinado a la enseñanza, sin limitación alguna, cualquiera que sea la persona, establecimiento o entidad que efectúe la operación. | Dirección General de Movilización Nacional (www.dgmn.cl) |
Alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres | Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.gob.cl) |
Productos vegetales y mercancías que tengan el carácter de peligrosas para los vegetales. | Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.gob.cl) |
Animales, productos, subproductos y despojos de origen animal o vegetal. | Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.gob.cl) |
Fertilizantes y pesticidas | Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.gob.cl) |
Productos o subproductos alimenticios de origen animal o vegetal. | Servicio Agrícola y Ganadero (www.sag.gob.cl) |
Productos alimenticios de cualquier tipo | Servicio de Salud |
Productos farmacéuticos o alimenticios de uso médico y/o cosmético | Servicio de Salud |
Estupefacientes y sustancias psicotrópicas que causen dependencia. | Servicio de Salud |
Sustancias tóxicas o peligrosas para la salud. | Control Alimentos |
Elementos o materiales fértiles, fisionables o radioactivos, sustancias radioactivas, equipos o instrumentos que generan radiaciones ionizantes | Comisión Chilena de Energía Nuclear (www.cchen.cl) |
Recursos hidrobiológicos, cualquiera sea su estado de desarrollo, incluidas las especies de carácter ornamental | Subsecretaría de Pesca (www.subpesca.cl) |
Productos pesqueros | Subsecretaría de Pesca ( www.subpesca.cl ) |
Equipos de radiocomunicaciones. Requieren autorización previa de uso de banda de transmisión | Subsecretaría de Telecomunicaciones (www.subtel.cl) |
Restos humanos o cenizas de incineración de los mismos | Ministerio de Salud, Hospital San Juan de Dios |
Desperdicios y desechos de pilas, baterías y acumuladores; desechos de cinc, de plomo, de antimonio, berilio, cadmio, cromo, de productos farmacéuticos, de disolventes orgánicos. | Ministerio de Salud (www.minsal.cl) |
Especies de fauna y flora silvestres protegidas por el Convenio CITES | Autoridad definida de acuerdo al artículo IX de la Convención (www.cites.org) |
Mercancías que deben pagar impuestos adicionales. |
---|
Artículos de oro, platino y marfil |
Joyas, piedras preciosas naturales o sintéticas |
Alfombras finas y tapices finos y cualquier otro artículo de similar naturaleza; calificados como tales por el Servicio de Impuestos Internos |
Pieles finas, calificadas como tales por el Servicio de Impuestos Internos, manufacturadas o no |
Conservas de caviar y sus sucedáos |
Armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, con excepción de las de caza submarina |
Vehículos casa rodantes autopropulsados |
Artículos de pirotecnia, tales como fuegos artificiales, petardos y similares, excepto los de uso industrial, minero o agrícola o de señalización luminosa |
Bebidas Alcohólicas |
Tabaco |